MODULO II. ¿CÓMO HA EVOLUCIONADO EL RECONOCIMIENTO DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS COMO ‘SUJETO DE DERECHOS’ EN EL DERECHO Y EL SISTEMA INTERNACIONAL?
Unidad 1. PRINCIPALES INSTRUMENTOS INCORPORADOS POR EL DERECHO INTERNACIONAL
DEL CONVENIO NÚMERO 107 AL CONVENIO NÚMERO 169
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Se reconoce además el derecho a la salud, a las comunicaciones, al desarrollo de sus propias lenguas, a una educación bilingüe y de respeto a la multiculturalidad. Esta multiculturalidad, evidencia la existencia de naciones o pueblos al interior de un mismo Estado y plantea las nuevas formas de comunicación entre ellos.
Al respecto de la determinación de grupos, se indica en el Artículo 2, que “la conciencia de la identidad indígena deberá considerarse como un criterio fundamental para determinar los grupos a los que se aplican las disposiciones del Convenio.”
También se encuentra mencionado el concepto de la libre determinación:
Artículo 31: |
Los pueblos indígenas, como forma concreta de ejercer su derecho de libre determinación, tienen derecho a la autonomía o el autogobierno en cuestiones relacionadas con sus asuntos internos y locales, en particular la cultura, la religión, la educación, la información, los medios de comunicación, la salud, la vivienda, el empleo, el bienestar social, las actividades económicas, la gestión de tierras y recursos, el medio ambiente y el acceso de personas que no son miembros a su territorio, así como los medios de financiar estas funciones autónomas. |
Artículo 32: |
Los pueblos indígenas tienen el derecho colectivo de determinar su propia ciudadanía conforme a sus costumbres y tradiciones. La ciudadanía indígena no menoscaba el derecho de las personas indígenas a obtener la ciudadanía de los Estados en que viven. Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar las estructuras y a elegir la composición de sus instituciones de conformidad con sus propios procedimientos. |
Artículo 33: |
Los pueblos indígenas tienen derecho a promover, desarrollar y mantener sus estructuras institucionales y sus costumbres, tradiciones, procedimientos y prácticas jurídicos característicos, de conformidad con las normas de derechos humanos internacionalmente reconocidas. |
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