MODULO I
MODULO III
MODULO IV
BIBLIOGRAFIA
   

 

 

 

MODULO II.  ¿CÓMO HA EVOLUCIONADO EL RECONOCIMIENTO DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS COMO ‘SUJETO DE DERECHOS’ EN EL DERECHO Y EL SISTEMA INTERNACIONAL?

Unidad 1. PRINCIPALES INSTRUMENTOS INCORPORADOS POR EL DERECHO INTERNACIONAL

DEL CONVENIO NÚMERO 107 AL CONVENIO NÚMERO 169

¿Protección, consulta y consentimiento?

“Las medidas que el Estado adopte para salvaguardar “las personas, las instituciones, los bienes, el trabajo, las culturas y el medio ambiente de los pueblos interesados”, “no deberán ser contrarias a los deseos expresados libremente por los pueblos interesados”  (Arts. 4.1 y 4.2 del Convenio 169)

El Convenio exige que los pueblos indígenas participen libremente en la toma de decisiones en los procesos que afecten a sus derechos e intereses.

El establecimiento de mecanismos de consulta es prioritario para garantizar esta participación de manera efectiva. Por ello, los gobiernos tienen la obligación de consultar a los pueblos indígenas ante proyectos como prospección  o explotación de los subsuelos, al considerar la enajenación de las tierras de los pueblos indígenas o la transmisión del derecho de estas tierras a otras personas extrañas a su comunidad; al considerar reubicaciones de pueblos indígenas y otras medidas o programas que los afecten directamente.