MODULO II. ¿CÓMO HA EVOLUCIONADO EL RECONOCIMIENTO DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS COMO ‘SUJETO DE DERECHOS’ EN EL DERECHO Y EL SISTEMA INTERNACIONAL?
Unidad 1. PRINCIPALES INSTRUMENTOS INCORPORADOS POR EL DERECHO INTERNACIONAL
DEL CONVENIO NÚMERO 107 AL CONVENIO NÚMERO 169
|
Del integracionismo a la autonomía
A partir de la revisión por parte de la OIT al Convenio 107, en el año 1989 se adoptó el Convenio número 169sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, que ya no considera a los asuntos indígenas como asunto interno de los Estados y que garantiza el derecho de estos pueblos a mantener su territorio y sus formas de organización social, cultural, política y jurídica, y atribuye un papel fundamental a los propios pueblos en su autoidentificación.
Para los pueblos indígenas, la autoidentificaciónconsidera el sentimiento de pertenencia cultural, de cosmovisión, de idioma, de historia e incluye territorialidad y es un derecho fundamental que ha sido reconocido por varios instrumentos internacionales. |
Pueblos, territorios y consulta
plantean en relación al Convenio número 107, la formulación de tres conceptos importantes: ‘Pueblos indígenas’ para reconocer a los grupos indígenas en la igualdad y la libertad, ‘Tierra y territorios’ que reconoce la propiedad de sus tierras y espacios donde viven, y la ‘Consulta y el consentimiento previo libre e informado’ |
|